Título

Las relaciones intergubernamentales en los estados mexicanos: el caso del Estado de México

Autor

Joel Mendoza Ruiz

Nivel de Acceso

Acceso Abierto

Resumen o descripción

Las RIG del Gobierno del Estado de México poseen muchos más rezagos que virtudes con respecto a la visión de las salvaguardas federativas. En estrecha relación a lo anterior, el modelo de autoridad aplicado a todas las RIG mexiquenses es hiper-inclusivo, tiene dos variantes y se implementa mediante juegos de minorías. El diseño intergubernamental de políticas públicas fundado en la legislación nacional, y acentuado levemente en el área sectorial, prescribe un micro-diseño de acciones delimitado por las reglas estratégicas nacionales. En la mitad de los casos la minoría de funcionarios nacionales vigila, en la otra mitad la minoría de funcionarios municipales complementa las decisiones. En la implementación intergubernamental las legislaciones nacional y estatal ratifican la delimitación normativa de las decisiones y la función de vigilancia de las minorías de funcionarios nacionales. Como diferencia, la legislación estatal privilegia la implementación sectorial y la nacional la especial. Otra variante es que la legislación estatal utiliza tres esquemas distintos para incorporar a la minoría de funcionarios municipales a complementar las decisiones estatales, mientras que la legislación nacional utiliza tres asambleas masivas bajo la directiva estatal para que las minorías de funcionarios nacionales y municipales convivan en la función decisoria. El diseño intergubernamental de políticas públicas fundado en la legislación estatal, que reincide en las áreas sectorial y especial, es el más diverso y perverso al basarse en dos formas premeditadas de mayoría de funcionarios estatales, la mayoría normativa y la mayoría por invitación intergubernamental selecta, así como en una asamblea masiva bajo la directiva estatal, a manera de institución fundamental del sistema estatal de planeación democrática. En contraste, la implementación intergubernamental de la política especial norteamericana es destacable por su horizontalidad, aunque resulta evidente la desigualdad entre las instalaciones mexicanas con respecto a las estadounidenses, ese es su sentido de minoría. Las percepciones de algunos participantes son efectivamente claras. Ante la delimitación normativa de las decisiones, la percepción positiva es la aceptación plena de la estandarización participativa por grupos. Las percepciones negativas son cuatro: la nulidad del comité intergubernamental, el desempeño autónomo en lugar de la coordinación operativa, la ausencia de prioridades estratégicas ocasionada por el seguimiento rutinario de indicadores, y la desigualdad organizacional entre las instalaciones mexicanas con respecto a las estadounidenses. La percepción neutra se refiere a un virtual equilibrio entre efectividad e inconsistencia de las acciones. Por su parte, ante la delimitación política derivada de las mayorías de funcionarios estatales que caracterizan el diseño intergubernamental estatal, las percepciones derivan de la aparente concesión de cambios de forma y de fondo en esquemas pre-establecidos. Ambas restricciones, la normativa y la política, han afectado en lo general la definición integral de estrategias basadas en las percepciones. La estrategia única permitida es la procedimental y se basa en el aprovechamiento coyuntural para beneficiarse, institucionalmente, de los programas intergubernamentales. Al existir participantes con estrategias más elaboradas, como el ejemplo de la Coordinación Institucional de Equidad de Género de la UAEM, se les limita la convocatoria a los comités intergubernamentales. En contraparte, las mejores participaciones intergubernamentales permitidas a la UAEM son las de representantes del área de ciencias agrícolas, aunque sus estrategias no son integrales. Para el caso mexiquense, la posibilidad de existencia de salvaguardas federativas se ve gravemente afectada por el control que ejercen las dos variantes del modelo de autoridad hiper-inclusiva, así como por las limitaciones que se imponen a las estrategias individuales de los participantes. El cambio es apremiante, en el tratamiento de asuntos contenciosos se debe evitar la atención clasificada de asuntos, así como la delegación motivada por la burocratización excesiva. En el compromiso con la coordinación, se hace necesario proyectar la superación de la prestación coordinada de servicios y de la integración política por prioridades. Para la institucionalización, los aspectos clave son: a) impulsar mecanismos sistémicos de votaciones para la toma de decisiones, así como el equilibrio cuantitativo de los grupos de representantes; b) rotar la dirección; c) asegurar la fórmula intergubernamental en la definición efectiva de subcomités internos; y d) antes que simular, hacer efectiva la misión del comité ejecutivo. Adicionalmente, se deberán conservar los rasgos relativamente positivos: 1) la periodicidad de las reuniones, 2) la permanencia de la secretaría, 3) el carácter no político de los miembros del comité, 4) el nivel del documento fundacional, 5) la existencia de un ordenamiento que defina las funciones, y 6) el grado de integración sectorial. Como relativa virtud, el avance de mayor potencialidad es el de los Gabinetes Regionales, cuya fórmula de mayoría por invitación intergubernamental selecta es la más trascendente en cuanto a la racionalidad del diseño político, así como por ser el único esquema que privilegia las políticas regionales.

Editor

REVISTA IBEROAMERICANA DE RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES

Fecha de publicación

1 de diciembre de 2020

Tipo de publicación

Artículo

Fuente

2660-681X

Idioma

Español

Relación

2020

1

Audiencia

Estudiantes

Investigadores

Repositorio Orígen

REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE LA UAEM

Descargas

222

Comentarios



Necesitas iniciar sesión o registrarte para comentar.