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Daniel Arias Osorio (2023, [Tesis de doctorado])
“Esta tesis se pregunta de manera amplia por las prácticas y representaciones de género en las fuerzas armadas desde 1917, año que se funda el Ejército Nacional hasta 1942, momento que se instaura el servicio militar obligatorio en el país. Para dar respuesta a estas preguntas este documento recurrió a diversas fuentes documentales, tales como documentos de carácter oficial, publicaciones periódicas de las fuerzas armadas, correspondencia militar y prensa que versó sobre las principales políticas del ejército de la época. Al ser una tesis con un tema de investigación ambicioso las herramientas metodológicas que utilizo para llevar a respuestas innovadoras y pertinentes son variadas. En primera instancia acojo los principales postulados de la historiografía militar, aquellos los pongo en diálogos con herramientas provenientes de los estudios de género y feministas al igual que desde otras ciencias sociales como: masculinidades, historia de las emociones, performatividad, prácticas corporales, violencia contra las mujeres y ciudadanía. A partir de ellos ofrezco pinceladas sobre las prácticas y representaciones en las fuerzas armadas mexicanas. Ingresar a la historia militar es también una ventana para entender un lenguaje y unas formas. En muchas ocasiones no sabemos la diferencia entre el arma de caballería y un servicio, como la Intendencia Militar. Es así como este manuscrito se detiene en primera instancia en mostrar cómo en la modernización del Ejército Nacional se definió y amplió un lenguaje que está directamente vinculado con el género que se estipuló con la instauración en unas políticas de reclutamiento, aquí expongo variados argumentos que desde disciplinas políticas, médicas y psicológicas determinaron unas diferencias sexuales y arguyeron una superioridad masculina de acuerdo con dichos argumentos. Gran parte de la historiografía militar ha señalado que las fuerzas armadas de la época estuvieron integradas por un grupo de hombres con una muy mala reputación”.
Afeminados en el ejército - Condición jurídica, leyes, etc. Afeminamiento - México. Masculinidades - México. Homosexuales militares. Hombres - Homosexuales militares - México - Siglo XX. Mujeres - lesbianas militares - México - Siglo XX. Tesis - Doctorado en Historia, Peninsular. CIENCIAS SOCIALES HISTORIA HISTORIA DE PAÍSES HISTORIA LOCAL HISTORIA LOCAL
Leonardo Pulido-Madrigal Heber Saucedo LUIS ARTURO BRIZUELA MUNDO (2014, [Documento de trabajo])
Se presentan las actividades realizadas para establecer una parcela piloto equipada con drenaje y sistemas de bombeo con energía eólica o solar, así como medir y analizar las variables relacionadas con la evolución de la salinidad y los efectos del drenaje en el mejoramiento del suelo y la producción agrícola.
Distritos de riego Suelos salitrosos Drenaje parcelario Energía solar Energía eólica Informes de proyectos Navojoa, Sonora Etchojoa, Sonora Huatabampo, Sonora CIENCIAS AGROPECUARIAS Y BIOTECNOLOGÍA
LAURA ANAID SIERRA FAJARDO (2023, [Tesis de doctorado])
“El 18 de junio de 2008, se promulgo la reforma penal constitucional en México, iniciando la transición de un sistema de justicia inquisitivo-mixto a uno oral y público. En esta investigación analizo juicios de la oralidad penal que involucra personas indígenas en conflicto con la ley federal en Oaxaca. El argumento central del estudio sostiene que este modelo procesal crea un espacio de encuentro entre el estado mexicano y los pueblos indígenas, así como una nueva economía del castigo que invisibiliza la violencia (i)legítima ejercida por el Estado sobre personas indígenas en conflicto con la ley y sus sistemas de justicia. La investigación se basa en un estudio etnográfico e interpretativo realizando en tribunales federales y extensivo a su campo sociopolítico y cultural. Por las temáticas y perspectivas que se abordan, se circunscribe en tres áreas de estudio: 1). En la antropología simbólica, al examinar la dimensión ritual, cultural y la eficacia simbólica de las prácticas judiciales. 2) en la antropología del Estado, al profundizar en la relación Estado-Pueblos indígenas partiendo del proceso penal oral y la cultura jurídica local como punto de encuentro; y 3) en la antropología del derecho o jurídica, al utilizar la etnografía como método de estudio para observar y analizar las prácticas cotidianas en el campo socio-jurídico y en el proceso judicial dando cuenta de las interrelaciones entre derecho, cultura y sociedad. Los hallazgos de la tesis comprenden el papel de la oralidad penal en la perpetuación de mecanismos discursivos de dominación racial que subordinan y devalúan las identidades culturales indígenas, teniendo como efecto un castigo penal diferenciado basado en el silenciamiento social. Además, visibiliza la agencia de intérpretes traductores de lenguas indígenas, defensores públicos bilingües y otros agentes aliados de la justicia pluralista, quienes desafían la cultura jurídica local desde visiones otras del derecho”.
Autonomía indígena. Administración de justicia - México - Oaxaca. Jueces - Oaxaca - Historia. Cortes - Oaxaca - Historia. Juicios orales - México - Oaxaca. Tesis - Doctorado en Antropología, CDMX. CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO ORGANIZACIÓN JURÍDICA FUNCIONARIOS DE JUSTICIA Y PROCESOS JUDICIALES FUNCIONARIOS DE JUSTICIA Y PROCESOS JUDICIALES
Debates contemporáneos sobre la eficacia de los derechos humanos en la globalización
ROBERTO MARTINEZ REGINO HECTOR ALEJANDRO RAMIREZ MEDINA (2023, [Libro])
En esta obra se abordan temáticas vinculadas a las demandas sociales que se han convertido en una fuente de interés y de preocupación para la academia y que, además, son el resultado del esfuerzo constante y persistente de posturas científicas que han permitido la apertura y el continuo desarrollo de líneas de investigación para la innovación del conocimiento susceptible de aplicación. Hoy en día, cualquier actividad humana a nivel individual o social, así como las actividades de la sociedad civil organizada o incluso de las instituciones del Estado están necesariamente vinculadas con los dos grandes ejes de la obra que tiene el lector en sus manos: los derechos humanos y la globalización.
En ese orden de ideas, no es de sorprendernos que las investigaciones académicas aquí presentadas sean visiones contemporáneas de cambios coyunturales y de propuestas de cambio a la estructura de las sociedades y que se interrogan sobre la vigencia del Contrato Social.
CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO Derechos humanos y globalización, Derechos civiles ,Derechos humanos – Estudio de casos
Lo que ellos quieren: derechos sociales para extranjeros
Gabriela Mendizabal Bermúdez (2023, [Artículo])
Este artículo aborda los derechos sociales que la legislación mexicana les concede a los extranjeros en el país y muestra los resultados de una investigación híbrida (documental y de campo) que incluye encuestas realizadas a personas migrantes extranjeras en situación migratoria irregular. Los hallazgos de estas encuestas muestran las expectativas que tienen estos migrantes sobre las prestaciones derivadas de los derechos humanos a la salud, educación, trabajo, seguridad social y vivienda en México y que deberían ser la base para la construcción de sus derechos sociales.
This article addresses the social rights that Mexican legislation grants to foreigners in the country and presents the results of a hybrid research (documentary and field) that includes surveys conducted on foreign migrants in irregular migratory situations. The findings of these surveys show the expectations that the-se migrants have regarding the benefits derived from human rights to health, education, work, social security, and housing in Mexico and that should be the foundation for the construction of their social rights.
CIENCIAS SOCIALES CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO migración, derecho social, migrantes irregulares, protección social participativa
ALMA DELIA ANTONIO PASCUAL (2023, [Tesis de maestría])
“Actualmente vivimos inmersos en un mundo más conectado a la globalización, la radio, la televisión, internet, y a las nuevas redes sociales, los cuales de alguna forma trastocan espacios locales en cambios y continuidades de distintos tipos. San Ildefonso Tultepec, comunidad hñöñhö, no es la excepción. A lo largo de todo el año se realizan festividades tradicionales regidas por sistemas de mayordomías, dentro de las cuales se encuentran las siguientes danzas: la danza de la marcha, la danza de moros, las danzas de Pastoras, y la danza de hombres. Sin embargo, en este conjunto las danzas que tienen mayor presencia son la de Pastoras y la de hombres, y al mismo tiempo también han tenido también varios cambios. Hace varios años mi padre me dijo “se acabó la danza de hombres”, “ya no tuvo cambio”. Esa noticia me impactó porque llegué a pensar que una vez perdida la danza se desvanecería con el paso de los años en el recuerdo y memoria de las personas. En junio de 2021 mi papá y yo fuimos a la iglesia de San Ildefonso Tultepec, ese día me tocó ver que tanto la danza de los hombres como la danza de Pastoras estaban danzando en el atrio de la iglesia y un señor me comento que la danza de hombres ya se había recuperado desde 2018. En ese mismo periodo tuve la oportunidad de charlar con otras personas quienes me comentaron que la “tradición de las danzas” se está perdiendo porque los jóvenes ya no quieren danzar. Este proyecto de investigación surgió como una necesidad de dar cuenta de los cambios en las prácticas y en los sentidos de las danzas representativas de San Ildefonso Tultepec, en medio de los nuevos fenómenos globales”.
Danzas (Religión, folclore, etc.). Danzas indígenas. Danza - Aspectos sociales - México - Oaxaca. Bailarines - México - Oaxaca. Tesis - Maestría en Antropología Social, CDMX. CIENCIAS SOCIALES SOCIOLOGÍA SOCIOLOGÍA CULTURAL FOLKLORE FOLKLORE
Sistema penitenciario y adicciones. Un panorama de su atención
DANIEL TORRES NISHISAWA (2023, [Tesis de maestría])
El estudio de las drogas² concebidas desde un significado de phármakon, es decir, como: “sustancia, poción, ungüento, bebedizo, licor o raíz que altera la naturaleza de un cuerpo que perturba por mor de sus virtudes crípticas, las leyes naturales o habituales [...] remedio curativo, alivio de males, liberador de enfermedades, de encantamientos, como un filtro mágico que produce, a su vez, toda suerte de “hechizos” o un pérfido veneno que llega a ocasionar la muerte” (Ruano De La Fuente, 2002, pp.298-299). Y su uso o consumo entendido como la administración al organismo de sustancias químicas (naturales o sintéticas) que actúan farmacológicamente a nivel psicotrópico, pero cuyos efectos, consecuencias, funciones y significados van a depender de las definiciones sociales, culturales, económicas y políticas que los grupos, sociedades, e individuos elaboran o disputan en el marco histórico en el que se sitúan sus prácticas (Romaní, 2008, p.302.), ya no es un tema del que resulte extraordinario hablar, a partir de la segunda mitad del siglo XX esta materia ha figurado en las agendas públicas y privadas, nacionales e internacionales, sin embargo, aunque ya no es algo fuera de lo común, sigue siendo una cuestión de la que hay que tener mucha prudencia al abordar, ya que las drogas³ han sido vinculadas con asuntos como la seguridad, la violencia, la enfermedad, el placer, el delito, la guerra, entre otros, lo que las coloca en un punto de discusión de muchos campos del conocimiento.
Por lo que se refiere al contexto mexicano, esta cuestión ha cobrado relevancia desde que el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012) hizo una declaratoria de guerra a grupos del crimen organizado para acabar con el narcotráfico, acción que generó una violencia destructiva en el país y que aún hace
eco a catorce años de su inicio⁴. Asimismo, derivado de la guerra y como parte de las nuevas tendencias internacionales, la temática de drogas en México también ha
estado acompañada de hechos que han re direccionado las opiniones y políticas, muestra de ello son los fallos que se han dado por parte de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) a favor del uso lúdico y medicinal de la marihuana y la
cocaína, asimismo, la apertura al debate sobre los usos de la cannabis en 2016, han sentado las bases para encaminarnos a una regulación de la planta y quizá a un cambio en la política nacional de drogas.
Es importante subrayar que en junio de 2021, la SCJN declaró como inconstitucional la prohibición del uso de la planta de marihuana para fines recreativos, lo que conlleva la invalidación el artículo 235, último párrafo y el 247, último párrafo de la Ley General de Salud que prohíben el consumo para fines lúdicos del cannabis, aunque, la declaratoria no representa una despenalización y mucho menos la apertura a un mercado cannábico en México, abre la posibilidad de consumir y cultivar legalmente mediante un permiso emitido por la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
OSCAR NICASIO LAGUNES LOPEZ (2011, [Tesis de maestría])
La presente investigación tiene por objetivo general analizar la función fiscalizadora del Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización (ISAF) en el periodo 2004-10, concretamente en cuanto a la aplicación e uso indebido de los recursos públicos de los sujetos obligados a nivel estatal. La pregunta general que dirige toda la investigación es si la fiscalización que lleva a cabo el ISAF ha contribuido a combatir la corrupción, entendida como la malversación o uso indebido de los recursos públicos. La respuesta obtenida al final de la indagación documental es que el ISAF no ha evitado la corrupción en el uso de los recursos públicos, sino que únicamente la ha reducido. Tampoco ha podido desalentar las prácticas deshonestas en los servidores públicos, a causa de su limitada capacidad legal para aplicar sanciones.
Durante los años ochenta comenzaron a desarrollarse algunos conceptos teóricos como los de Sociedad Civil, New Public Magnament, Governance y Capital Social que asentaban las bases ideales en las que deberían fundarse las relaciones entre el Estado y la sociedad. Los lineamientos teóricos de estos conceptos fracasaron y en los noventas apareció el concepto de Accountability, “rendición de cuentas”, ante un clima de corrupción e incertidumbre en el manejo de los recursos públicos. Este término alude a la obligación que tienen los gobiernos de informar y dar cuenta de sus acciones a la sociedad. El rendir cuentas se tornó así en una obligación de los gobiernos y en un derecho de los ciudadanos. La rendición de cuentas busca disminuir la corrupción en el ejercicio de la función pública, por medio de la fiscalización que realizan las entidades encargadas de ejercerla en cada Estado. Para lograr este objetivo, estas entidades se atienen a los principios o criterios económicos de eficiencia, eficacia, equidad y honestidad en el manejo de los recursos públicos.
En el Estado de Sonora, el Instituto Superior de Auditoría y fiscalización es el encargado de fiscalizar las cuentas públicas del Estado y los Municipios y todas las dependencias del gobierno. La cuenta pública es un reporte anual que debe entregar el gobierno estatal y municipal para que den cuenta de los estados financieros, origen y destinos de sus gastos, decisiones, contratos y estado del cumplimiento de los objetivos y metas de los programas y subprogramas de gobierno. Las cuentas públicas deben de interpretarse según la lógica de la buena práctica o lógica de la eficiencia en las acciones y la lógica de lo correcto o lógica del apego a la legalidad. Es importante también la aplicación de medidas y sanciones para desalentar la corrupción al interior del gobierno.
El marco legal existente en el Estado de Sonora sobre la fiscalización de las cuentas públicas estatales está integrado por siete leyes. Sin embargo, éste no es preciso en cuanto al modo en el que debe darse el proceso de fiscalización, pues son vagos los plazos que establece para que sean realizadas ciertas acciones entorno a dicho proceso. Las sanciones previstas en estas leyes contemplan la aplicación de multas económicas, amonestaciones, apercibimientos para los casos de incumplimiento de deberes en la función pública. Las sanciones más fuertes que se deben aplicar para casos graves de delitos cometidos por los funcionarios públicos son la suspensión, la destitución del puesto y la inhabilitación, pero la legislación no explica en qué consisten, no las define. Las leyes sobre la fiscalización de las cuentas públicas tampoco definen conceptos como el de fiscalización y Auditoría. Estas sanciones son insuficientes, ya que no prevén la posibilidad de que un servidor público se quede con bienes del Estado tan vastos como para vivir holgadamente toda la vida y disfrutar de su libertad.
La Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Sonora (2008) es la más reciente de las leyes en lo que a fiscalización de cuentas públicas se refiere. Es importante porque faculta al ISAF para promover el fincamiento de responsabilidades y fincar indemnizaciones resarcitorias a aquellos funcionarios que hayan dañado el patrimonio público. No obstante, el Instituto no puede aplicar sanciones administrativas, atribución exclusiva de la Contraloría del Estado. La legislación vigente limita al ISAF su campo de acción para que pueda aplicar sanciones distintas a las económicas.
La aplicación de sanciones se realiza con discrecionalidad y haciendo excepción de personas, según se trate de funcionarios miembros del partido mayoritario del congreso o del gobernador del Estado. La inexistencia de casos en la historia del Estado de Sonora de gobernadores que hayan sido castigados con cárcel y con sanciones económicas hace pensar: a) o que el gobernador es un dechado de virtudes, o b) que simplemente no se le ha aplicado la ley. La desproporcionalidad entre delito y sanción, la falta de claridad en la aplicación de sanciones, la imprecisión de las leyes y la ambigüedad de los procedimientos para aplicarlas generan leyes débiles que abren ventanas a la corrupción en la administración pública gubernamental.
El marco institucional y al proceso de revisión de las cuentas públicas es fundamental para comprender el proceso de fiscalización de las cuentas públicas en el Estado. La Contaduría Mayor de Hacienda (CMH) evolucionó hacia el Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización (ISAF) el 12 de julio del 2005; la elección del Auditor Mayor que preside al ISAF tiene lugar cada siete años y la estructura orgánica de este órgano técnico del Congreso del Estado consta de un total de 105 funcionarios.
Los gobiernos divididos permiten mayor pluralidad política y que un partido sea el contrapeso de otro; además, asegura que ningún poder esté por encima de los demás poderes. El primer gobierno dividido en México llegó en 1997 y en Sonora tuvo lugar en la LV Legislatura (1997-2000). Las principales leyes de fiscalización en México y en Sonora han sido aprobadas bajo este tipo de gobiernos. La fiscalización de las cuentas públicas 2004-2010 fue realizada en el contexto de gobiernos divididos, particularmente en las administraciones de Eduardo Robinson Bours Castelo (2003-2009), Guillermo Padrés Elías (2009-2015) y durante las Legislaturas LVII, LVIII y LIX del Congreso del Estado.
La Comisión de Vigilancia es la intermediaria entre el Congreso y el ISAF para el proceso de fiscalización de las cuentas públicas estatales. Éstas son elaboradas por la Secretaría de Hacienda del Estado y enviadas al Congreso por el Ejecutivo del Estado. El ISAF es el responsable de revisar las cuentas públicas del año inmediato anterior, una vez que se las turna el Congreso. Posteriormente, el ISAF envía el Informe de Resultados de la Revisión de las Cuentas Públicas Estatales al Congreso, a través de la Comisión de Vigilancia, para su aprobación. La Contraloría del Estado da seguimiento a las observaciones que se deriven de dicha revisión para su solventación.
Las observaciones de los informes de resultados de la revisión de las cuentas públicas del Estado de Sonora se tipifican en seis clases: Incumplimiento de Metas (IM), Irregularidades en la Asignación de Contratos (IAC), Irregularidades en la Obra Pública (IOP), Gastos No Comprobados (GNC), Gastos No Autorizados (GNA) e Incumplimiento de Deberes Institucionales (IDI).
Las cinco dependencias de gobierno en orden de la que más a la que menos observaciones recibió en el periodo 2004-2010 fueron la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano (SIDUR), la Secretaría de Educación y Cultura (SEC), la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de la Contraloría General y el Ejecutivo del Estado. Las que más solventaron sus observaciones fueron la Secretaría de la Contraloría General y la Secretaría de Gobierno; las que menos solventaron fueron la SEC y la SIDUR. El Ejecutivo del Estado no generó observaciones qué solventar. En orden al presupuesto ejercido, las que más ejercieron presupuesto fueron la Secretaría de Educación y Cultura (SEC), la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano (SIDUR) y la Secretaría de Gobierno; las que menos ejercieron, el Ejecutivo del Estado y la Secretaría de la Contraloría General.
Las categorías de observaciones más frecuencias en estas cinco dependencias de gobierno son las de IOP, GNA y GNC que también son las que tienen monto financiero. La SEC y la SIDUR acapararon el mayor número de estas observaciones. Sólo 43 de un total de 140 observaciones pendientes fueron de monto financiero. Esto es, el 30.71% de las observaciones pendientes presentaron monto financiero. La SIDUR con el 60.47% y la SEC con el 37.21% del total de las observaciones con monto financiero fueron las dependencias que mostraron el mayor número de estas observaciones. Este par de dependencias son las que tienen más ventanas de oportunidad para la malversación de fondos públicos.
El número de observaciones incrementó progresivamente en cada año del periodo. En cambio, el número de solventaciones incrementó progresivamente del 2004 al 2007 y decreció del 2007 al 2009, un repunte se dio del 2009 al 2010. El ejercicio del presupuesto también manifestó una tendencia de crecimiento progresivo en el periodo. Las observaciones que quedaron pendientes de solventar aumentaron progresivamente durante el periodo. Las sanciones aplicadas a los funcionarios públicos siguieron una tendencia decreciente durante el periodo. Lo que permite deducir que a mayor cantidad de sanciones menor número de observaciones pendientes de solventación.
El incremento de las observaciones durante el periodo se debe al débil marco legal existente en materia de fiscalización, a la falta de transparencia en el proceso, a los cambios de administración en el gobierno, a la falta de aplicación de sanciones fuertes a los funcionarios públicos que infringen las leyes y a que el ISAF no puede aplicar sanciones administrativas. La fiscalización que lleva a cabo el ISAF no logra evitar la corrupción en la administración pública del gobierno del Estado, entendida ésta como malversación de fondos públicos, sino que sólo la reduce.
La única entrevista conseguida fue la que otorgó el Contralor del Estado, el Lic. Carlos Tapia Astiazarán. El Auditor Mayor del Instituto Superior de Auditoría de Fiscalización (ISAF) no aceptó la entrevista. Por su parte, el diputado Otto Guillermo Claussen Iberri, presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, nunca respondió a la solicitud de entrevista.
Las solicitudes de información enviadas a la Contraloría y al ISAF fueron respondidas, pero las respuestas de la Contraloría no fueron las esperadas. A ambos organismos se les solicitó la lista de quiénes fueron los funcionados públicos estatales sancionados a raíz de la fiscalización de las cuentas públicas y sobre el estado de las solventados pendientes de las cuentas públicas de los años 2004-2010.
Las cinco dependencias recibieron en el periodo un promedio de 68.8 observaciones, al que correspondió un promedio del solventación de 40.6 observaciones, por lo que el porcentaje promedio de solventación en el periodo estudiado fue del 59.18%. Esto quiere decir que por cada 10 observaciones que recibieron las cinco dependencias en el periodo fueron solventadas sólo 6. Por lo tanto, la calificación para los organismos encargados de la fiscalización de las cuentas públicas del gobierno del Estado de Sonora es de 6. Esta calificación es respecto de la solventación de las observaciones vigentes hasta la fecha de publicación de los informes de resultados. El ISAF a la fecha del 6 de octubre del 2011 ha conseguido que se solvente el 40% (56 observaciones) del total de las observaciones (140 observaciones) que habían quedado pendientes durante el periodo para las cinco dependencias de gobierno. El número de observaciones que sigue sin solventarse es de 84, es decir, el 60% del total.
La rendición de cuentas en el gobierno del Estado de Sonora se encuentra en el estrato democratizante, caracterizado por la apertura paulatina y controlada de la información sobre el manejo de los recursos públicos, una aplicación restringida y limitada de las sanciones y la incipiente formación de una comunidad argumentativa.
CIENCIAS SOCIALES Finanzas públicas Auditoría Leyes y legislación
Modelo bidimensional para la extracción de agua por las raíces de las plantas
MANUEL ZAVALA TREJO Heber Saucedo CARLOS FRANCISCO BAUTISTA CAPETILLO CARLOS FUENTES RUIZ (2012, [Artículo])
Los modelos tradicionales para describir la extracción de agua por las plantas usan funciones mecanicistas o empíricas para representar el término de sumidero de la ecuación de transferencia de agua en el suelo, lo cual no permite representar explícitamente el efecto de la geometría del sistema de raíces sobre los patrones de extracción. Para eliminar esta limitante se desarrolla un modelo que simula la extracción, el cual considera las raíces como segmentos de frontera del dominio de solución e impone en éstos una condición tipo radiación para representar la resistencia al flujo del agua en la interfaz suelo-raíz, la cual es despreciada en los modelos reportados en la literatura que usan en las raíces una condición de frontera tipo Dirichlet. Se establece la condición tipo radiación, la cual contiene parámetros que representan las propiedades de las plantas, las características hidrodinámicas del suelo y la resistencia al flujo del agua en la interfaz suelo-raíz. Se obtiene una solución de elemento finito de la forma bidimensional de la ecuación de transferencia de agua sujeta en las raíces a la condición de radiación establecida; se aplica el modelo a un escenario de extracción, asumiendo valores medios característicos para las propiedades de las plantas y considerando un coeficiente de resistencia de la interfaz suelo-raíz variable. Se muestra que la resistencia en la interfaz suelo-raíz define el orden de magnitud del caudal de agua que extraen las raíces del suelo, por lo que esta variable no puede ser despreciada cuando se analiza el fenómeno de la extracción.
Condición de frontera tipo radiación Potencial de presión de las raíces Sistema planta-suelo CIENCIAS AGROPECUARIAS Y BIOTECNOLOGÍA
WENDY ZAVALA LARA (2023, [Tesis de maestría])
Los divorcios y controversias del orden familiar que se suscitan entre la pareja con el paso de los años se han hecho más visibles, lo que nos hace pensar en la forzosa necesidad de crear nuevos mecanismos o adecuar los existentes con la finalidad de lograr una armonía en estas desavenencias y mucho más, de proteger el interés superior de niñas, niños y adolescentes que atraviesan por conflictos como el divorcio o la separación de sus padres. En este sentido, la denominada custodia monoparental es la más solicitada y decretada tanto por los padres como por los juzgadores, debido a que por muchos años ha sido utilizada y hasta puede decirse que es común. Sin embargo, figuras como la custodia compartida están dirigidas a proteger el interés superior y sus derechos por encima del de sus padres, debido a que garantiza la presencia y crianza de manera conjunta como se venía haciendo
de manera cotidiana con ambos progenitores.
la falta de una adecuada reglamentación a figuras como la custodia compartida no permite la entrada a nuevos procesos culturales debido a que las familias cambian y sus necesidades también, es por ello que dotar de herramientas en la normativa legal, a juzgadores y sobre todo a los involucrados de manera directa para reconocer, procurar, proteger y garantizar el interés superior y los derechos de las niñas, niños y adolescentes crearía un equilibro entre los intereses personales de los progenitores y los derechos y responsabilidades para con los hijos. El interés superior de las niñas, niños y adolescentes se ve vulnerado al no existir mecanismos ni condiciones en el Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos para brindarles seguridad jurídica a sus derechos establecidos tanto en instrumentos nacionales como internacionales de los que México es parte.
Es por ello, que la presente investigación está encaminada a la defensa del interés superior de las niñas, niños y adolescentes a través de la figura de la custodia compartida como un mecanismo de acceso a la libre presencia de sus padres y familiares, y que estos sean titulares de derechos, como lo es su opinión en temas relacionados con su custodia, sus padres, su familia y en general lo que les pueda afectar de manera directa o indirecta, viéndolo desde una perspectiva fundamental para su desarrollo. Lo anterior, en razón de que mientras para los padres es un deber el ejercicio de la custodia, para las y los hijos es un derecho la protección del interés superior. De manera que sí el interés superior de las niñas, niños y adolescentes es un derecho humano, la falta de una adecuada reglamentación no faculta al juez para que pueda decretar mediante sentencia la custodia compartida como medio de protección a este derecho.